La Comunidad Valenciana ha anunciado una importante reducción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) aplicable a la compra de viviendas de segunda mano. Estos cambios, introducidos por la Ley 5/2025, entrarán en vigor de forma progresiva y representan un importante ahorro fiscal para los compradores de vivienda a partir del 1 de junio de 2026.
La reforma tiene como objetivo mejorar el acceso a la vivienda, apoyar a los grupos vulnerables y aumentar la competitividad en el mercado inmobiliario regional.
Es fundamental distinguir entre el ITP y el IVA, ya que se aplican a diferentes tipos de transacciones inmobiliarias:
La reforma fiscal de 2026 La Comunidad Valenciana solo aplica el ITP. El tipo de IVA para viviendas nuevas se mantiene sin cambios:
A partir del 1 de junio de 2026, el tipo general del ITP para la compraventa de viviendas de segunda mano en la Comunidad Valenciana se reducirá:
Esta reducción se aplica principalmente a la adquisición de viviendas habituales y representa un ahorro sustancial para los compradores en comparación con el marco fiscal anterior.
El sistema fiscal valenciano sigue ofreciendo tipos reducidos favorables para colectivos sociales y económicos específicos, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
El ITP debe abonarse en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la firma de la escritura pública de compraventa.
Incumplimiento de la presentación y el pago en el plazo de El plazo límite puede resultar en recargos y sanciones.
La reducción del tipo general del ITP forma parte de una reforma fiscal progresiva establecida por la Ley 5/2025. El objetivo es reducir gradualmente la carga fiscal sobre las transacciones inmobiliarias, manteniendo al mismo tiempo una tributación más alta para los activos de alto valor.
Encuentra tu propiedad perfecta